¿Puedo elegir abogado si estoy detenido?
Sí, con las excepciones expresamente previstas por la ley. Si no se designa
abogado particular o este no puede actuar, se facilita asistencia de oficio para
que la persona no quede sin defensa.
¿Puedo hablar con el abogado antes de declarar?
Sí. El derecho de defensa comprende una entrevista reservada con el abogado
incluso antes de la declaración policial, fiscal o judicial, sin perjuicio de los
supuestos excepcionales regulados por la ley.
¿Tengo obligación de declarar?
La persona detenida o investigada tiene derecho a guardar silencio, a no
contestar algunas preguntas, a manifestar que solo declarará ante el juez y a no
declarar contra sí misma. La opción concreta debe valorarse tras conocer la
situación.
¿Cuánto tiempo puede durar una detención?
Solo el tiempo estrictamente necesario para las averiguaciones y, con carácter
general, hasta un máximo de setenta y dos horas antes de la libertad o puesta a
disposición judicial. Existen reglas especiales que deben revisarse en su caso.
¿El abogado puede ver todo el expediente en comisaría?
Durante la detención existe derecho a acceder a los elementos esenciales para
impugnar su legalidad. El investigado tiene además derecho a examinar las
actuaciones antes de declarar en los términos legales. El alcance concreto
depende del momento, del procedimiento y de las limitaciones acordadas.
¿Una citación policial significa que van a detenerme?
No necesariamente. Una citación puede convocar a una persona investigada para
declarar sin privarla de libertad. Debe revisarse la condición, el contenido, el
órgano y la actuación prevista antes de comparecer.
¿Qué es el habeas corpus?
Es un procedimiento de control judicial inmediato previsto para supuestos de
detención ilegal o mantenida en condiciones ilegales. No sustituye la valoración
jurídica del caso ni debe solicitarse como respuesta automática a toda
detención.
¿Se puede garantizar la libertad, el archivo o una medida concreta?
No. Puede prestarse una asistencia diligente y una estrategia fundada, pero no
prometer una decisión policial, fiscal o judicial determinada.