Defensa penal en Madrid · Atención urgente

Abogados especialistas en delitos contra el patrimonio en Madrid

Defensa de investigados y acusados, y actuación de personas o empresas perjudicadas cuando el procedimiento afecta a bienes, dinero u otros activos. Revisamos con usted los hechos, la cronología y la prueba disponible para orientar correctamente el asunto.

Primera orientación

Cuando el conflicto afecta a bienes, dinero o activos

Una misma pérdida puede plantear preguntas muy distintas. Para orientar el asunto hay que saber cómo salió el bien o el dinero del patrimonio, qué autorización existía, qué se dijo antes de la operación, qué ocurrió después y desde qué posición interviene cada persona.

Necesito defensa

Ha recibido una denuncia, querella, citación o acusación y necesita conocer los hechos atribuidos, sus derechos y la prueba que debe revisarse.

He sufrido el perjuicio

Quiere preservar la evidencia, valorar denuncia o personación y determinar cómo reclamar la restitución, reparación o indemnización.

No sé qué vía corresponde

Existe una deuda, incumplimiento, retención, pérdida o conflicto de titularidad y antes de actuar conviene delimitar si la cuestión es penal, civil, mercantil o combinada.

Límite penal

No todo perjuicio económico es un delito

Le ayudamos a diferenciar cuándo un conflicto económico puede ser penal y cuándo conviene acudir a otra vía.

Qué debe analizarse

Revisamos con usted qué se pactó, cómo se obtuvo el bien o dinero y qué conducta se atribuye a cada persona.

Criterio de prudencia. La denuncia no debe utilizarse como mecanismo automático de cobro ni la defensa debe reducirse a afirmar que todo es un mero incumplimiento civil. La calificación se construye desde los hechos.

Patrimonio · Prueba · Estrategia

Conductas que pueden afectar al patrimonio

El Código Penal agrupa en su Título XIII otras materias patrimoniales y socioeconómicas. Su inclusión en un caso concreto depende de los hechos. Los asuntos con dimensión empresarial, societaria, de insolvencia o de blanqueo se coordinan con Derecho penal económico y empresa.

  • Hurto y robo

    Sustracción de bienes. La forma de acceso, la fuerza en las cosas o la violencia o intimidación pueden modificar el encaje jurídico.

  • Estafa y otros fraudes

    Operaciones en las que deben analizarse el engaño, el error, el acto de disposición, el perjuicio y la relación entre ellos.

  • Apropiación indebida

    Supuestos en los que el bien o dinero pudo recibirse legítimamente y se discute su posterior apropiación, disposición o falta de entrega.

  • Administración desleal

    Gestión de patrimonio ajeno y posible exceso en las facultades de administración con perjuicio para el patrimonio gestionado.

  • Daños

    Deterioro, destrucción o inutilización de bienes, incluida la necesidad de identificar autoría, valoración y relación causal.

  • Usurpación y conflictos posesorios

    Ocupación o alteración de derechos sobre inmuebles y supuestos en los que resulta esencial diferenciar la vía penal de la civil.

Defensa y acusación particular

Dos posiciones, dos estrategias

Defensa penal

La defensa debe conocer con precisión qué conducta se atribuye, en qué momento, sobre qué bien o cantidad y mediante qué prueba. A partir de ahí se decide la posición ante la declaración, las diligencias que interesan, la impugnación de medidas, el escrito de defensa y, en su caso, el juicio y los recursos.

Actuación de la persona o empresa perjudicada

La estrategia del perjudicado comienza por preservar la prueba y delimitar el daño. Después se valora la denuncia o querella, la personación como acusación particular, las diligencias de investigación y la reclamación civil, sin dar por supuesto que personarse sea necesario o conveniente en todos los asuntos.

Comparativa de actuaciones según la posición procesal
Defensa Perjudicado
Conocer imputación y expediente Preservar hechos y fuentes de prueba
Individualizar conducta y participación Identificar autoría, operación y perjuicio
Preparar declaración y diligencias Valorar denuncia, querella o personación
Contrastar daño y responsabilidad civil Solicitar restitución, reparación o indemnización
Coordinar juicio, recursos y ejecución Seguir el procedimiento y las medidas patrimoniales

Prueba y cronología

La prueba patrimonial se construye con una cronología

Le ayudamos a ordenar la cronología y a conservar la evidencia sin alterarla, para que pueda utilizarse en el procedimiento.

Fuentes de prueba y qué pueden acreditar
Fuente Qué puede ayudar a acreditar
Contratos y encargos Objeto, obligaciones, facultades, entrega, condiciones y vencimientos
Transferencias y extractos Importes, fechas, ordenantes, destinatarios y trazabilidad de fondos
Correos y mensajería Ofertas, instrucciones, representaciones, reclamaciones y conocimiento
Facturas y justificantes Operación económica, conceptos, entregas y valoración
Registros y plataformas Accesos, identidades, operaciones, anuncios, direcciones y metadatos
Bienes y tasaciones Existencia, titularidad, estado, daños y cuantificación
Testigos y peritos Contexto, autenticidad, funcionamiento técnico o valoración especializada

Ruta de defensa

Si le investigan o acusan

Si la primera actuación es una detención, citación o declaración como investigado, consulte Asistencia al detenido o investigado. La información de esta página no sustituye la preparación individual de esa diligencia.

  1. Conocer los hechos. Identificar la conducta, el bien, la cuantía, el momento, la persona perjudicada y el material ya incorporado al procedimiento.
  2. Revisar la posición procesal. Comprobar citaciones, resoluciones, medidas, plazos y derechos antes de decidir cómo intervenir.
  3. Preparar la declaración. Valorar si procede declarar y con qué alcance después de conocer la información disponible; no existe una respuesta automática.
  4. Construir la versión probatoria. Ordenar documentos, operaciones, comunicaciones y testigos que sostienen la posición de defensa.
  5. Contrastar el perjuicio. Analizar existencia, causalidad, cuantificación, restitución y posibles responsables civiles.
  6. Definir las siguientes fases. Diligencias, escrito de defensa, juicio, recursos y ejecución según el procedimiento.

Ruta de la víctima

Si ha sufrido el perjuicio

La víctima puede ejercer la acción penal y la acción civil y aportar fuentes de prueba en los términos previstos legalmente. La utilidad de personarse como acusación particular depende del caso y de la fase en que se encuentre.

  1. Preservar. Guardar documentos, comunicaciones, justificantes, identificadores y cualquier dato que pueda perderse o modificarse.
  2. Delimitar. Separar hechos comprobados, sospechas, personas, operaciones, bienes y cuantías.
  3. Valorar la vía. Determinar si corresponde denuncia, querella, personación, reclamación civil u otra actuación coordinada.
  4. Proponer diligencias. Solicitar de forma razonada las actuaciones útiles para esclarecer los hechos y localizar fuentes de prueba.
  5. Reclamar el daño. Definir restitución, reparación, indemnización y, cuando proceda, medidas para asegurar responsabilidades.
  6. Seguir y revisar. Controlar resoluciones, plazos, sobreseimiento, acusación, juicio, recursos y ejecución.

Responsabilidad civil

Restitución, reparación e indemnización

Le explicamos cómo documentar la restitución, reparación o indemnización y qué factores pueden afectar al cobro efectivo.

Contenidos de la responsabilidad civil derivada del delito
Pretensión Finalidad
Restitución Recuperar el mismo bien cuando sea jurídicamente y materialmente posible
Reparación Restablecer o compensar el daño causado al bien o a la situación afectada
Indemnización Compensar perjuicios materiales y, cuando proceda y se acrediten, perjuicios morales

Método de trabajo

Del primer análisis al cierre del procedimiento

  1. Identidad y conflictos. Comprobar partes, entidades, relaciones y posibilidad de asumir el asunto.
  2. Situación procesal. Revisar denuncia, querella, citación, resolución, plazo y órgano.
  3. Mapa patrimonial. Identificar bien, operación, cuantía, titularidad, facultades y movimientos.
  4. Cronología y prueba. Vincular cada hecho con su documento, comunicación, registro, testigo o peritaje.
  5. Estrategia. Definir defensa o acusación, diligencias, responsabilidad civil y coordinación con otras vías.
  6. Ejecución y seguimiento. Revisar resoluciones, recursos, cumplimiento, restitución y cobro según el resultado.

Alcance del servicio

Particulares y empresas

Los delitos patrimoniales pueden afectar a particulares, profesionales y sociedades. Cuando interviene una empresa es necesario separar la posición de la entidad de la de administradores, directivos, empleados o representantes, comprobar posibles conflictos y determinar quién sufrió el perjuicio o a quién se atribuye cada conducta.

Si el núcleo del asunto está en decisiones corporativas, administración de patrimonio empresarial, responsabilidad de la persona jurídica o una investigación económica compleja, la página Derecho penal económico y empresa desarrolla ese enfoque.

Dudas frecuentes

Preguntas frecuentes

¿Cuál es la diferencia entre hurto y robo?

Ambos pueden implicar una sustracción, pero el robo exige las circunstancias previstas legalmente, como fuerza en las cosas o violencia o intimidación en las personas según la modalidad. La calificación depende de cómo ocurrieron los hechos y de la prueba.

¿Todo impago o incumplimiento puede denunciarse como estafa?

No. Un impago o incumplimiento puede pertenecer al ámbito civil o mercantil. Para valorar estafa deben analizarse, entre otros elementos, el engaño, el error, el acto de disposición, el perjuicio y su relación, atendiendo al momento y a la prueba disponible.

¿En qué se diferencian estafa y apropiación indebida?

De forma general, en la estafa se examina la obtención de la disposición patrimonial mediante engaño; en la apropiación indebida suele existir una recepción inicialmente legítima del bien o dinero y se analiza la posterior conducta de apropiación o disposición. El encaje concreto requiere revisar hechos y título de recepción.

¿Puedo recuperar el dinero dentro del procedimiento penal?

Puede ejercitarse la acción civil derivada del delito para solicitar restitución, reparación o indemnización, salvo renuncia o reserva en los términos legales. El reconocimiento de la pretensión y el cobro efectivo dependerán del procedimiento, la prueba, los responsables y la solvencia.

¿Debo saber la cuantía exacta antes de denunciar?

Conviene aportar una estimación documentada y explicar cómo se calcula. Si todavía no puede cerrarse, debe identificarse qué partidas existen y qué diligencias o peritajes permitirían precisarlas.

¿Qué debo conservar desde el primer momento?

Contratos, justificantes, extractos, comunicaciones completas, anuncios, datos de cuenta, identificadores, archivos originales, dispositivos y cualquier registro relacionado. Evite editar o reenviar de forma que se pierdan metadatos o contexto.

¿Es necesario personarse como acusación particular?

No en todos los casos. La víctima mantiene derechos de información y participación previstos legalmente, pero personarse permite una intervención procesal propia. Su utilidad depende de la fase, la prueba, las diligencias y la reclamación que se pretenda formular.

¿Puede una empresa ser víctima o investigada?

Sí. Una sociedad puede resultar perjudicada y también puede verse afectada por una investigación en los supuestos legalmente previstos. Debe separarse su posición de la de las personas físicas y comprobar conflictos.

¿Se atienden asuntos fuera de Madrid?

Sí, existe atención online en toda España. Antes de aceptar el encargo se determina qué actuaciones pueden realizarse a distancia y cómo se atenderán las que requieran presencia.

¿Contactar implica que el asunto está aceptado?

No. El encargo comienza cuando se han comprobado identidad y conflictos, se acepta expresamente el asunto y se formalizan alcance, honorarios y condiciones de intervención.